No te pueden arrestar en la corte: el fallo histórico que protege a los inmigrantes que asisten a sus audiencias
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¿Qué pasó? Un juez federal prohibió los arrestos de ICE en las cortes de inmigración
El 23 de junio de 2026, el juez federal P. Casey Pitts, del Distrito Norte de California, emitió una orden que prohíbe a ICE realizar arrestos dentro de las cortes de inmigración en todo el país . Esto significa que, si tienes una audiencia de inmigración y asistes, ICE no puede detenerte mientras estás en el tribunal o en sus alrededores inmediatos. La decisión, de 71 páginas, calificó la política de arrestos del gobierno como “arbitraria y caprichosa”.

¿Qué dice exactamente el fallo?
El juez determinó que la política de ICE de 2025 no tuvo en cuenta el “efecto paralizante” que los arrestos en las cortes tienen sobre la asistencia de los inmigrantes a sus audiencias . En sus propias palabras: “Las políticas no abordan el efecto paralizante de los arrestos en las cortes sobre la asistencia de los no ciudadanos a los procedimientos judiciales, que es tanto un factor crítico que subyace a la guía de ICE de 2021 como un ‘aspecto importante del problema’ en sí mismo”.
Además, el fallo también anuló una política de ICE que permitía retener a personas en instalaciones de detención temporal por más de 12 horas, llegando hasta 72 horas o más.
¿Qué significa esto para ti?
Si tienes una cita en la corte de inmigración o una audiencia pendiente:
ICE no puede arrestarte dentro del tribunal mientras estés presente en tu audiencia.
No te pueden detener en el edificio de la corte ni en sus inmediaciones por el simple hecho de asistir a tu cita.
Esto aplica a todas las cortes de inmigración del país, no solo en California. El fallo es nacional.
¿Por qué es importante esto para la comunidad latina?
Durante el último año, ICE había intensificado los arrestos en las cortes de inmigración. Personas que asistían a sus audiencias de buena fe eran detenidas y separadas de sus familias. En Los Ángeles, hubo casos como el de un adolescente que fue detenido al día siguiente de graduarse con honores, y un padre esposado frente a su hijo de 8 años después de que un juez desestimara su caso. La práctica estaba generando miedo. Muchas personas dejaban de asistir a sus audiencias por temor a ser arrestadas, lo que resultaba en órdenes de deportación automáticas “in absentia”. El número de estas órdenes saltó de 19,000 en el año fiscal 2024 a más de 50,000 en 2025.
La regla de los 2 años: ¿qué tienes que demostrar si has vivido más de 2 años en EE.UU.?
Además de la noticia sobre los arrestos en cortes, la imagen menciona un punto fundamental: si has vivido más de 2 años en Estados Unidos, debes justificar esos años. ¿Qué significa esto? No se trata de una nueva ley, sino de un recordatorio sobre cómo funciona el sistema migratorio actual.
¿De dónde viene este requisito?
La administración Trump obtuvo una victoria legal clave: un tribunal de apelaciones permitió la expansión de las “deportaciones rápidas” (expedited removals) a todo el país. Esto significa que los oficiales de inmigración pueden deportar a ciertas personas sin necesidad de una audiencia ante un juez.
¿Cómo funciona la deportación rápida?
La nueva regla establece que los oficiales de inmigración pueden deportar a alguien sin audiencia si:
La persona se encuentra en EE.UU. de manera no autorizada.
La persona no puede demostrar que ha estado viviendo en EE.UU. de forma continua por dos años o más.
Si eres detenido y no puedes probar que has estado aquí por más de dos años, podrías ser deportado rápidamente sin pasar por la corte.
¿Qué significa “presencia continua”?
Para demostrar que has vivido aquí por dos años, el gobierno espera ver una “huella de papel” de tu vida en Estados Unidos. No basta con decirlo. Un juez federal disidente señaló que, con esta regla, los inmigrantes “simplemente deben esperar que el oficial de inmigración concluya que han cumplido con su carga de demostrar dos años de presencia continua” . La carga de la prueba está sobre ti. Debes poder demostrar que has estado aquí sin interrupciones largas y con evidencia sólida.
Documentos que pueden ayudarte a demostrar tu presencia
Si has estado viviendo en Estados Unidos por dos años o más, necesitas construir un expediente sólido con pruebas documentales que demuestren tu presencia física continua en el país. No se trata de tener un solo papel, sino de reunir una variedad de documentos que muestren tu vida día a día en Estados Unidos. Aquí te explicamos cuáles son los más importantes y cómo pueden ayudarte.
Documentos financieros y fiscales
Declaraciones de impuestos federales y estatales: Son una de las pruebas más contundentes porque demuestran que has estado trabajando y contribuyendo al sistema. Guarda copias de cada año.
Estados de cuenta bancarios: Extractos que muestren depósitos regulares, pagos de renta o hipoteca, y movimientos diarios. Deben tener tu nombre y dirección.
Talones de pago o recibos de nómina: Comprobantes de tu empleo con fechas y montos. Si has trabajado formalmente, estos son documentos muy valiosos.
Documentos de residencia
Contratos de renta o arrendamiento: Idealmente con tu nombre y el de tu cónyuge o familiares, firmados por el propietario y con fechas.
Escrituras de propiedad o hipoteca: Si eres dueño de una casa, este es un documento irrefutable.
Cartas del arrendador: Si no tienes contrato formal, pide a tu arrendador una carta que certifique cuánto tiempo has vivido en su propiedad y que pagues el alquiler.
Facturas de servicios públicos
Agua, luz, gas, teléfono, internet, cable: Deben tener tu nombre y la dirección donde resides. La constancia de pagos mensuales demuestra presencia continua en el lugar.
Servicios de la comunidad: Facturas de servicios como recolección de basura o cualquier otro servicio municipal.
Documentos médicos y educativos
Registros médicos y dentales: Facturas de visitas al médico, dentista, o clínicas; recetas; resultados de laboratorio; cualquier documento que muestre la fecha y tu nombre.
Registros escolares: Boletas de calificaciones de tus hijos, cartas de aceptación escolar, o cualquier documento que demuestre que tus hijos asisten a la escuela.
Cartas de confirmación de citas médicas o escolares con fechas.
Documentos personales y comunitarios
Certificados de nacimiento de hijos nacidos en EE.UU.: Muestran que tu vida familiar está aquí.
Tarjetas de membresía o identificación local: Tarjetas de bibliotecas, gimnasios, organizaciones comunitarias, asociaciones de vecinos, etc.
Registros de actividad en organizaciones religiosas o comunitarias: Cartas de líderes religiosos o voluntariado que demuestren tu participación activa.
Correspondencia oficial a tu nombre: Cartas del gobierno, de seguros, de bancos, de escuelas, etc.
Cartas de testigos
Declaraciones juradas de amigos, familiares, vecinos, empleadores o líderes comunitarios: Deben ser detalladas, describir cómo te conocen, desde cuándo te conocen y pruebas de tu vida diaria en EE.UU. No basta con decir "lo conozco", deben incluir ejemplos y fechas.
Consejos prácticos para organizar tu expediente
Guarda todo: No tires facturas, contratos o documentos importantes. Incluso correos electrónicos o mensajes pueden servir.
Digitaliza todo: Escanea o toma fotos de todos tus documentos. Guárdalos en la nube (Google Drive, Dropbox, etc.) y en un disco duro externo. Así los tendrás siempre disponibles.
Organiza por años: Crea carpetas por año (2024, 2025, 2026) y dentro de cada una, subcarpetas por tipo de documento (financiero, residencia, servicios públicos, médico, educativo, personal).
Si no tienes un documento, busca alternativas: Si no tienes facturas de servicios públicos porque vivías con alguien, pide a esa persona una carta que lo confirme junto con copias de sus facturas que muestren su dirección y la tuya.
Consulta con un abogado: Cada caso es único. Un abogado de inmigración puede revisar tu expediente y recomendarte qué documentos adicionales pueden ser útiles para tu situación específica.
Lo que debes hacer hoy
Organiza tus documentos desde ahora
No esperes a una emergencia. Comienza a guardar todos los documentos que demuestren que has vivido aquí. Guarda copias digitales y físicas. Esto te prepara no solo para una posible detención, sino también para otros trámites migratorios que requieran demostrar tiempo de residencia.
Asiste a todas tus citas en la corte
Gracias al fallo del juez Pitts, puedes ir a tu audiencia con más tranquilidad. La corte debe ser un lugar de justicia, no una trampa. Asistir a tus citas es tu derecho y también tu deber. No faltes. Si no asistes, podrías ser deportado en ausencia.
Información clara, no consejo legal
En RISE Immigration Services, nuestra misión es mantenerte informado a través de recursos gratuitos como este blog. No somos abogados y no ofrecemos asesoría legal. Te explicamos qué está cambiando para que puedas tomar decisiones informadas y, si lo necesitas, consultar con un profesional del derecho migratorio. La comunidad latina se fortalece cuando nos apoyamos mutuamente con información honesta.
Referencias
The National Desk. Judge blocks Trump administration's immigration court arrests nationwide. 23 de junio de 2026.
USA Today. Federal judge blocks ICE from making arrests at US courthouses. 23 de junio de 2026.
Los Angeles Times. Federal judge bans ICE from arresting people in immigration courts. 23 de junio de 2026.
The New York Times. Federal Judge Bars ICE From Making Arrests in Immigration Courts. 23 de junio de 2026.
Anadolu Ajansı. Court allows Trump administration to expand expedited deportations across US. 24 de junio de 2026.
Castan, Lecca & Boeschen. Guía de Documentos para Probar 10 Años de Residencia en EE.UU. (2026).
WisLawHelp. Proving Continuous Presence or Residence. 2025.




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